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Normativa

Vigente

Constitucion Nacional, Leyes, Reglamentos & Circulares

Nuestro procesoS segun las leyes vigentes ...

Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley N°21.442)
(haz clip en los enlaces, al cursar su mause)
promulgada el 13 de abril de 2022. 

NOVEDADES 

  • Crea el Registro Nacional de Administradores de Condominios
    Registro público, gratuito y obligatorio, que estará a cargo del Minvu y permitirá a las comunidades elegir administradores calificados.
  • Establece un sistema para generar reclamos y aplicar sanciones sobre la administración
    Las comunidades podrán efectuar reclamos sobre la gestión de los administradores en las Seremi Minvu de su respectiva región, a partir de los cuales se generarán sanciones, en caso de corroborar una infracción.
  • Facilita la adopción de acuerdos en las asambleas de las comunidades
    Esta ley permite realizar asambleas, incluso, a través de videoconferencias o de manera virtual y hacer consultas por escrito. Asimismo, incorpora la participación de arrendatarios y simplifica los quórums necesarios para generar acuerdos.
  • Fortalece el apoyo de organismos públicos a condominios de viviendas sociales
    Las municipalidades, los gobiernos regionales y los Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) podrán destinar recursos para apoyar diversas iniciativas en los condominios. Por su parte, las municipalidades deberán prestar asesoría, hacer mediación extrajudicial en los casos que corresponda y desarrollar programas educativos sobre derechos y deberes.
  • Permite la tenencia de mascotas y animales de compañía
    No se podrá prohibir tener mascotas, pero las comunidades sí podrán definir, en su reglamento, los espacios comunes que éstas podrán utilizar.
  • Aumenta las exigencias referidas a la seguridad de los condominios
    Establece que todo condominio deberá contar con un Plan de Emergencia, el que deberá actualizarse anualmente, además de la obligatoriedad de tener un seguro colectivo contra incendios.
  • Fija nuevas condiciones para la construcción de condominios
    El diseño de nuevos condominios deberá considerar el acceso expedito e integrado a servicios urbanos básicos como las vías el transporte, además de asegurar el tránsito expedito de vehículos de emergencia en su interior. Asimismo, deberán proveer cierres perimetrales que favorezcan la visibilidad de los entornos de los conjuntos.
OTRAS LEYES QUE CUMPLIR

Reglamento de Copropiedad de cada condominio: Es el documento obligatorio redactado a nivel de comunidad que complementa la Ley. Tras la publicación del decreto presidencial, todos los condominios en Chile debieron actualizar este reglamento para alinearlo con las exigencias del nuevo marco normativo.

Código del Trabajo: Regula las relaciones contractuales, remuneraciones y turnos del personal del edificio (como conserjes y auxiliares de aseo).

Ley N° 16.744: Normativa sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, crucial para la prevención de riesgos y seguros de los trabajadores de la comunidad.

Decreto Supremo N° 10 (Reglamento de Seguridad Privada): Regula las exigencias de capacitación y certificación (como el curso OS-10 de Carabineros) para los conserjes y personal que ejerza labores de vigilancia o seguridad.

Ley N° 21.020 (Ley Cholito): Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía. Bajo la Ley N° 21.442, los reglamentos internos ya no pueden prohibir la permanencia de mascotas, pero sí pueden regular su uso de los espacios comunes basándose en esta normativa.

 Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): Regula las mantenciones periódicas obligatorias de las instalaciones críticas del edificio, tales como ascensores, redes de gas (sello verde) y sistemas de climatización.

La Ley Karin (Ley N° 21.643), que entró en vigencia el 1 de agosto de 2024, es plenamente aplicable en condominios y edificios, ya que estos son considerados empleadores de su personal (conserjes, guardias, personal de aseo, etc.). Su propósito es prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. 
 
Para la administración de un condominio, esta ley implica la implementación de una serie de medidas y protocolos obligatorios: 
 
Elaborar un protocolo de prevención.
 
La comunidad debe elaborar, implementar y difundir un protocolo interno que contemple la prevención, investigación y sanción del acoso y la violencia laboral. El protocolo debe incluir: 
 
  • Medidas de prevención: Acciones concretas para anticiparse a situaciones de acoso o violencia.
  • Procedimiento de investigación: Pasos claros para indagar las denuncias.
  • Medidas de resguardo: Acciones para proteger a los involucrados, especialmente a la víctima.
  • Sanciones: Consecuencias ante el incumplimiento del protocolo. 
 
Capacitar e informar al personal.
 
El empleador —en este caso, el condominio— debe capacitar a sus trabajadores y comunicarles semestralmente los canales para recibir denuncias. La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha entregado directrices para que los organismos administradores orienten a los empleadores sobre este proceso. 
 
Aplicar medidas de resguardo.
 
Ante una denuncia, se deben implementar medidas de resguardo inmediatas para proteger a la persona afectada y garantizar un ambiente de trabajo seguro mientras se lleva a cabo la investigación. 
 
Investigar las denuncias.
 
Si se presenta una denuncia, el empleador puede realizar la investigación directamente o derivarla a la Dirección del Trabajo. El procedimiento debe resguardar la privacidad y honra de todas las personas involucradas. 
 
Notificar a los organismos pertinentes
 
El condominio debe informar a su organismo administrador (mutual de seguridad) de las denuncias recibidas y de las medidas adoptadas, resguardando la confidencialidad de los datos del denunciante. 
 
Rol de la administración y el Comité de Administración.
 
La ley refuerza el papel del administrador y del Comité de Administración, quienes son los responsables directos de implementar y supervisar estas medidas. Es fundamental que se familiaricen con estos cambios y trabajen activamente para crear ambientes laborales seguros y respetuosos en la comunidad. El incumplimiento de la Ley Karin puede generar multas y otras sanciones legales para la comunidad. 

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